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domingo, 28 de junio de 2020
viernes, 19 de junio de 2020
jueves, 18 de junio de 2020
Acerca del folklore en las escuelas - Ley 27535
Por Raúl Chuliver
Esta nota es de interés para los docentes de nuestra ciudad, para que vayan interiorizándose en el tema y desde ya ir incorporando el dato folklórico en sus materias.
El jueves pasado por la tarde tuvimos a través de la Plataforma Zoom del Departamento de Folklore de la UNA, y dentro de la Cátedra Metodología de la Investigación Folklórica y Folklore Aplicado de la Dra. María Inés Palleiro una reunión sobre la Ley 27535 de Enseñanza Obligatoria del Folklore en las Escuelas, con la Lic. Marta Ruiz, Magister Azucena Colatarci, y Carlos Molinero por la Academia Nacional del Folklore de Argentina, Roberto Lindo Colombo, por la Academia de Folklore de la Provincia de Bs As., moderando la Dra. María Palleiro.
Queremos destacar que esta nota es de interés para los docentes de nuestra ciudad, para que vayan interiorizándose en el tema y desde ya ir incorporando el dato folklórico en sus materias, ya que el Folklore está ligado a muchas disciplinas. El tema Ciencia del Folklore es muy complejo y muy amplio, más hoy que la UNESCO, lo toma como Patrimonio Cultural Inmaterial.
De esta charla informativa participaron alumnos del UNA y de la Cátedra de Palleiro, docentes, profesores de danzas y folklore e investigadores invitados.
Por supuesto, todavía hay muchas dudas acerca de cómo se va a implementar la enseñanza del Folklore en las escuelas, quienes dictarán y como serán las curriculas en las distintas provincias. La ley todavía no está reglamentada. Este año, como sabemos es un año perdido prácticamente en todo, debido a esta pandemia del COVID 19, donde se suspendieron todas las actividades congresísticas de Folklore que teníamos programadas. Hubo muchas preguntas. A todas esas preguntas no sabemos qué y cómo lo va a tomar el gobierno. La Academia Nacional del Folklore estará apoyando e impulsando todo lo que se refiera a esta materia, junto con la senadora Magdalena Odarda. Voy a destacar algunos de los comentarios más importantes:
De Noelia Urquiza: Una pregunta que nos interesa mucho: ¿los Licenciados en Folklore recibidos en la Universidad Nacional de las Artes que no tienen formación docente, pueden trabajar en las escuelas bajo esta ley? Es una pregunta general! Justamente ese es el tema! Ya que hay personas que se reciben del IDAF a los 15años!
De Noelia Ávila -siendo que el folklore fuera un contenido transversal, donde los docentes recibieran la formación para aplicarlo en las escuelas, qué lugar ocuparían los Profesores y Licenciados de Folklore en la educación de los niveles obligatorios?
De Claudia García estaría bueno que se aclare ¿quiénes van a estar capacitados para enseñar bajo el manto de esta ley? Es muy complejo el proceso por delante, hoy por hoy debemos esclarecer qué y cómo vamos o visualizamos la aplicación de la ley. Las jurisdicciones no tienen presupuesto para implementar nuevos cargos.
De Roberto Lindon Colombo de la Academia de la Pcia de Bs As, respondía. Si NO tienen las Cátedras de la Formación Pedagógica y el Espacio de la Práctica Docente en su Diseño Curricular: NO están habilitados para Dictar Clases.
Noemí Cabrera de La Plata, con quien comenzáramos en 2010, este proyecto de ley decía: en la Pcia de Bs As está la carrera del profesorado en Danzas Tradicionales Argentinas, que abarca todas las manifestaciones Folklóricas y la formación docente correspondiente. También, desde 1983 está implementada la Danza como espacio curricular en Inicial, primario y secundario.
De Danisa Herrera: en Mendoza hace más de 10 años que existe la materia de Danzas Folklóricas en la doble escolaridad de escuelas primarias. Le agrego a este comentario que también en San Juan se dicta la materia Folklore y estaba también en Santiago del Estero.
De Delfor Miguel Moya desde Chubut Soy uno de los integrantes del proyecto IUNA CHUBUT, 2008 / 2011, que se cursó la licenciatura en folklore con mención en danzas folklóricas y tango.
Esperaremos los resultados del Consejo Federal de Educación y los lineamientos que cada provincia proponga y acuerde. Sin dudas hay mucho por hacer, no sólo en lo referido a la enseñanza, lo pedagógico, sino también en cuanto al relevamiento del material folklórico regional y su análisis para luego su sistematización en los diferentes niveles del sistema educativo.
Azucena Colatarci decía: estamos en una coyuntura muy importante como es motorizar la implementación de la ley con los criterios que se han planteado y me parece que con esto hay que poner manos a la obra y hay que hacer muchas piruetas para seguir el camino de proyectos de ley.
Realmente creo, que para que algunas leyes salgan, dependen más de la capacidad y persistencia de quienes las motoriza, en este caso La Academia Nacional del Folklore y no de la importancia que lo legisladores le puedan atribuir al contenido de la ley. Con respecto a quien dictaría la materia, quien no tiene los títulos habilitantes no puede de ninguna manera titularizar. En este momento de la implementación de la Ley del Folklore en las Escuelas hay que pensar en grande, hay que poder trascender lo personal y lo corporativo para pensar en grande, en la educación, en la inclusión del folklore en la enseñanza, nos debe hacer pensar en grande, paralelamente hay que pensar como se resuelve la parte normativa docente en términos de derecho e inserción, pero hoy ni siquiera sabemos cómo se va a implementar. En los alcances de los títulos de licenciado figura el asesoramiento a proyecto institucional, por ejemplo; y esos títulos tienen validez nacional.
Marta Ruiz mencionaba: tenemos que ver ¿qué cantidad de profesores titulados hay en el país? Hay que hacer un censo de profesores, en los centros de las Escuelas de Formosa, Salta, La Rioja, y otras tienen una camada de egresados de profesores. Los planteos, las gestiones y las dudas son muchas. Otro tema importante es como bien decía Raúl Chuliver, las recomendaciones de la UNESCO sobre la Salvaguarda del Patrimonio Cultural, que hay que tener en cuenta. La Ley es muy importante y hay que trabajar mucho, para que no quede en un enunciado vacío de contenido, en una aplicación esporádica, que después no se conoce que es esto. Están por un lado los fundamentos de cuáles serán los ejes centrales de los conocimientos para convivir y por otro lado, que pasa con la gestión de las capacitaciones docentes; la formación por una parte, la capacitación en servicio permanente y los distintos formatos y tener un panorama general y completo de todo el país para hacer realmente una realidad que el Folklore este en las escuelas.
El Folklore no es solo cantar y bailar, el Folklore es una rama de la antropología cultural y estudia: Acerca de la palabra folklore, Acepciones del término; Polivalencias; Regiones folklóricas, Proyección del folklore; Folklore material y espiritual; Estudiosos, alentadores y folkloristas, la Investigación Folklórica en Argentina, Canciones Populares religiosas; Comidas Típicas; Composiciones líricas; Conocimientos populares; Costumbres Populares; Danzas tradicionales y de proyección; Diversiones Populares; Fiestas Tradicionales; Folklore Literario; Habla Popular; Instrumentos Musicales; Faenas; Literatura Folklórica, Narraciones Populares; Prendas del Apero; Supersticiones; Toponimia; Vestimenta; Viviendas, Tradición y nativismo. Y hoy el Patrimonio cultural inmaterial (PCI).
martes, 16 de junio de 2020
https://33d63ea3-1a28-47f3-ad03-5846fc1f0495.filesusr.com/ugd/ddbbbc_252a014c8d204e118f7304d5de07478e.pdf
FASCICULO DE SANTIAGO DEL ESTERO: Tierra donde se cantan y bailan chacareras
con un documento de Semana SAnta en SAntiago por Agustin Chazarreta
documento sobre la provincia santiagueña por Horacio Rava de Junio de 1945
y documento sobre La Arqueologia santiagueña firmado por EMilio Wagner de junio 1945
FASCICULO DE SANTIAGO DEL ESTERO: Tierra donde se cantan y bailan chacareras
con un documento de Semana SAnta en SAntiago por Agustin Chazarreta
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y documento sobre La Arqueologia santiagueña firmado por EMilio Wagner de junio 1945
lunes, 15 de junio de 2020
https://33d63ea3-1a28-47f3-ad03-5846fc1f0495.filesusr.com/ugd/ddbbbc_710894e86f8346e6ae92c2351f985d93.pdf
FASCICULO ENTRE RIOS CON DOCUMENTO DE FEBRERO DE 1945
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https://33d63ea3-1a28-47f3-ad03-5846fc1f0495.filesusr.com/ugd/ddbbbc_0501c4904cbe4e8c9a0bb91bbc39a2f7.pdf
FASCICULO CORDOBA: HISTORIA Y CANTO con un documento de septiembre de 1944.
Fasciculo difusión del quehacer cultural, turistico y folklórico
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Fasciculo difusión del quehacer cultural, turistico y folklórico
https://33d63ea3-1a28-47f3-ad03-5846fc1f0495.filesusr.com/ugd/ddbbbc_9875e16416454949ba413dd19ca2035d.pdf
FASCICULO DIFUSION TURISTICO Y FOLKLORICO
CATAMARCA : CAMINOS Y LEYENDAS DEL FOLKLORE, con un documento de 1944.
FASCICULO DIFUSION TURISTICO Y FOLKLORICO
CATAMARCA : CAMINOS Y LEYENDAS DEL FOLKLORE, con un documento de 1944.
domingo, 14 de junio de 2020
https://33d63ea3-1a28-47f3-ad03-5846fc1f0495.filesusr.com/ugd/ddbbbc_b212f836306d4d25981714b7246c4964.pdf
FASCICULO DE DIFUSION FOLKLORICA Y TURISTICA
FASCICULO DE DIFUSION FOLKLORICA Y TURISTICA
sábado, 13 de junio de 2020
lunes, 8 de junio de 2020
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