sábado, 23 de noviembre de 2019

REVISTA FOLKLORE | RAUL CHULIVER - Wix.com


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LIBRO ESPECIAL PARA LA ENSEÑANZA DEL FOLKLORE EN LAS ESCUELAS 
Acerca de la palabra folklore, Acepciones del término; Polivalencias; Regiones folklóricas,
Proyección del folklore; Folklore material y espiritual; Estudiosos del Folklore, Investigación Folklórica en Argentina,  Canciones Populares religiosas; Comidas Típicas; Composiciones líricas; Conocimientos populares; Costumbres Populares; Danzas; Diversiones  Populares; Fiestas Tradicionales; Folklore Literario; Habla Popular; Instrumentos Musicales; Faenas;  Literatura Folklórica, Narraciones Populares; Prendas  del Apero; Supersticiones; Toponimia; Vestimenta; Viviendas,Tradición y nativismo.  
               PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL 

jueves, 21 de noviembre de 2019


Es Ley la Enseñanza del Folklore
         Por Raul Chuliver
En la última sesión de  la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que finalizò a las 23 hs del 20 de noviembre de 2019, se aprobó la Ley de Enseñanza del Folklore en las Escuelas en Argentina, proyecto llevado adelante por la diputada Magdalena Odarda. 
Destacamos la participación del diputado Carlos Selva, que más allá de no pertenecer a la comisión , tomó su tiempo para estar presente, como uno de los principales acompañantes del proyecto, luego de que pasara por Senado de la Nación Argentina.-
Por otra parte, se debe agradecer al Diputado Daniel Filmus, Presidente de la comisión de Cultura de Diputados, quien acompaño y comprometió a los demás partidos a sumarse con el apoyo.
INCORPORAR LOS CONTENIDOS CURRICULARES DEL FOLKLORE EN TODOS LOS NIVELES DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL YA ES LEY
ARTICULO 1º.-Incorporar los contenidos curriculares del folklore como bien cultural en todos los niveles del sistema educativo nacional en el diseño curricular de educación artística
ARTICULO 2º.- Los contenidos señalados en el Articulo 1º deberán ser elaborados de tal modo que se impartan tanto forma teórica y práctica en las distintas asignaturas que integran el diseño curricular de educación artística.
ARTICULO 3º.- El Ministerio de Educación de la Nación en acuerdo con el Consejo de Actualización Curricular y el Consejo Federal de Educación arbitrara los medios para que la presente ley sea implementada en el ciclo lectivo siguiente a su respectiva promulgación.
ARTICULO 4º.- De forma
Una breve historia  de este proyecto, decimos que en 1949 se enseñaba Folklore en las Escuelas y  un libro Monitor de la Educación, que poseo.  Ya  diez años después no se enseñó mas. En sucesivos años en 1981, el Centro Investigadores de Folklore de Córdoba y otros en 1993 presentamos proyectos  que caducaron.
En 2011 convocados destacados miembros de la Academia Nacional del Folklore de la República Argentina con autoridades nacionales tratando el tema referente a la Enseñanza del Folklore en las Escuelas, del cual pertenecemos a la comisión del proyecto de Ley, preparando en un primer bosquejo el temario junto con las profesoras Inés Bocca de Ron, Mirta Molinero, Noemí Cabrera, Raul CHuliver  y Mabel Ladaga y luego en los Encuentros de San Juan y Corrientes, junto a otras destacadas personalidades del quehacer folklórico y educativo.   Es fundamental que los jóvenes conozcan y estudien las Artes y Ciencias de nuestro Folklore. El Proyecto de Ley de Enseñanza del Folklore en las Escuelas fue presentado por la Diputada Nacional por San Juan, Doña Margarita Ferrá de Bartol . Tras su trágico accidente aéreo. La mencionada Academia prosiguió tratativas y lo tomo la diputada Magdalena Odarda.
"Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales".
Por su parte, la CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL, de la UNESCO", del 17 de octubre de 2003, suscripta por nuestro país a través de la Ley 26.118, afirma en su artículo 11 como Funciones de los Estados Parte: Incumbe a cada Estado Parte: adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio.
Por supuesto que dictaran las materias, personal idóneo y con título habilitante de la UNA Departamento FOlklore.
Próximo se reglamentarà y promulgará la Ley,  adaptando cada provincia sus manifestaciones folklóricas 
 

miércoles, 13 de noviembre de 2019

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FASCICULO CAMINOS Y LEYENDAS DEL FOLKLORE - RAUL CHULIVER
Una provincia del NOA que tuvimos el gusto de recorrer.